Continúan las violaciones a derechos humanos de jornaleros indígenas

Continúan las violaciones a derechos humanos de jornaleros indígenas

La secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno federal y del gobierno de Baja California Sur no atendieron la recomendación de la CNDH por el caso de jornaleros agrícolas indígenas Rarámuris (tarahumaras), localizados en campos agrícolas del Municipio de Comondú

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) denunció que  la secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno federal y el gobierno de Baja California Sur, no atendieron su recomendación por el caso de jornaleros agrícolas indígenas Rarámuris (tarahumaras), localizados en campos agrícolas del Municipio de Comondú del Estado de Baja California Sur, quienes al ser rescatados donde estaban en “condiciones infrahumanas” para ser trasladados fuera de esa entidad federativa, no se atendió ni consideró su condición de vulnerabilidad, aun cuando entre ellos había personas menores de edad.

La CNDH emitió la Recomendación 28/2016, dirigida al Gobernador del Estado de Baja California Sur, Carlos Mendoza Davis, y al Secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida.

La CNDH aseguró que cuenta con elementos que evidencian violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la procuración de justicia, al libre desarrollo de la personalidad, al trato digno y al interés superior de la niñez, como aspectos inherentes a la dignidad humana, en su relación con los principios mínimos de atención a las víctimas de delito y al derecho al trabajo como base para garantizar el desarrollo integral de los pueblos indígenas, en agravio de este grupo de jornaleros agrícolas indígenas Rarámuris.

 Las acciones y omisiones son atribuibles a servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Federal (STYPS) y en el estado de Baja California Sur (BCS) de la Procuraduría General de Justicia local, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y de la Secretaría General de Gobierno, entre otras.

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Los días 12, 13 y 17 de marzo de 2015 se publicaron diversas notas periodísticas que dieron cuenta de las condiciones en que vivían y laboraban en los campos agrícolas los jornaleros indígenas tarahumaras en el citado municipio, quienes fueron retirados de Baja California Sur, sin base legal que soportara las acciones de las autoridades intervinientes, a pesar de que había investigaciones ministeriales del fuero común en trámite, que algunos de ellos podrían haber sido víctimas de algún delito y se encontraban menores de edad entre ellos.

Por esto, informó la CNDH,  personal de este Organismo Nacional acudió a esa entidad federativa, donde identificó el caso de dos jóvenes jornaleros indígenas Rarámuris, quienes huyeron del lugar donde pernoctaban con otros 70 jornaleros, pues se consideraron en riesgo de sufrir agresiones de su enganchador o contratista, por lo que solicitaron apoyo a distintas autoridades de Baja California Sur. De estos hechos tomaron conocimiento servidores públicos de la STPS.

La dependencia federal omitió velar por el respeto de los derechos laborales en agravio de los jornaleros indígenas Rarámuris, no brindó atención, asesoría y orientación en el ámbito de su competencia a los dos jóvenes que escaparon del lugar y dieron a conocer el caso, omitió dictar suficientes medidas urgentes para garantizar a los jornaleros rescatados una protección eficaz en sus derechos e informarlos de estos en términos de la legislación laboral.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Baja California Sur, por su parte,  omitió realizar acciones para velar por el respeto de los derechos laborales (derecho al desarrollo de los pueblos indígenas) en agravio de los jornaleros agrícolas Rarámuris.

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La Procuraduría General de Justicia local omitió dictar medidas de protección y seguridad inmediata, e incluso en favor de niñas, niños y adolescentes por este caso, en tanto que las otras autoridades del Gobierno del Estado omitieron generar acciones para proteger y vigilar el trabajo de las personas menores de edad y el cumplimiento de las restricciones respectivas, así como proporcionar efectiva protección en materia de contratación y condiciones de empleo.

Por lo anterior, la CNDH solicita al gobernador de Baja California Sur y al Secretario del Trabajo y Previsión Social que, en el ámbito de sus respectivas competencias, colaboren con la Comisión Nacional en las denuncias y quejas que promoverá ante los correspondientes Órganos Internos de Control y la Procuraduría estatal, y se generen protocolos de actuación para los servidores públicos de cada instancia. A la STPS, le pide intensificar las acciones de verificación e inspección en los centros laborales que realizan contrataciones de jornaleros agrícolas, para prevenir y detectar conductas que pudieran incidir en el delito de trata de personas.

También, tanto para la autoridad federal como estatal, establece que se emita una circular relativa a que en todos los casos en que se advierta la presencia de personas menores de edad en situaciones de vulnerabilidad, se les brinde protección integral para el respeto a sus derechos humanos, especialmente al libre desarrollo de la personalidad, al trato digno y al interés superior de la niñez, así como capaciten a los servidores públicos en materia de derechos humanos, con especial atención en los derechos que les corresponde.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

 

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