Apoyo alimentario a las abuelas que se hacen cargo de sus nietos

Apoyo alimentario a las abuelas que se hacen cargo de sus nietos

 

  • Los diputados aprobaron adiciones a la Ley que Establece el Derecho a recibir un Apoyo Alimentario a las madres solas para beneficiar a las que asumen esta obligación por extravío o deceso de la madre biológica
  • Sanciones a quienes insulten a mujeres que den lactancia materna a sus hijos en la vía pública

 

Las diputadas y los diputados de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México aprobaron adiciones a la Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas para beneficiar a las que asumen esta obligación por extravío o deceso de la madre biológica

 

El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó hoy con 48 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, adiciones al artículo 2 Bis de la Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas de Escasos Recursos Residentes en el Distrito Federal, para que se cataloguen en esta condición a las abuelas que se hacen cargo del cuidado de sus nietos por extravío o por el deceso de la madre biológica.

 

En el dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, que preside la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Elizabeth Mateos Hernández, se expuso que la abuela requiere apoyos y acceso a programas sociales que le ayuden a sobrellevar la maternidad y crianza que surgen de su particular situación, sin perder de vista que también necesita cuidar su propia salud y bienestar para cumplir con el desafío de “madre sola”.

 

Subraya que el artículo 414 del Código Civil para el Distrito Federal establece que a falta de ambos padres ejercerán la patria potestad sobre los menores, los parientes ascendientes en segundo grado, en el orden que lo determine la autoridad. Por ello, ante la ausencia total o permanente de la madre, cuando era el único sostén económico de su familia, la abuela asume la responsabilidad de criar a sus nietos menores de 15 años, de ahí la importancia que se le considere madre sola de escasos recursos, a fin de que se pueda beneficiar de programas sociales.

 

Elizabeth Mateos Hernández.

 

En tribuna, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), José Gonzalo Espina Miranda, integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, explicó que la propuesta retoma el espíritu que motivó la creación de la Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas de Escasos Recursos Residentes de la capital y expande tal derecho a la ascendiente en segundo grado, que asume esta función, cuyos ingresos no sean superiores a dos veces la Unidad de Cuenta de la ciudad.

 

Señaló que derivado de la problemática que existe actualmente por la desaparición y muerte de mujeres en nuestro país, es necesario impulsar medidas relacionadas con la tutela y responsabilidad hacia los menores, garantizando a las abuelas que queden a cargo de sus nietos y nietas, una pensión alimentaria para su manutención.

 

Apuntó que el informe denominado “Situación de los Derechos Humanos en México 2015”, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, revela que desde 2011 existen más de 7 mil 060 mujeres desaparecidas en el país y de acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de 2002 a la fecha se reportaron 6 mil 845 personas extraviadas. Además, de enero de 2014 a noviembre de 2015, en la ciudad se registraron mil 121 casos de mujeres etiquetadas como “ausentes” o “extraviadas”, de las cuales 627 tienen entre 15 y 30 años, edad en la que comúnmente se ejerce la maternidad.

 

Finalmente, agregó que la mayoría de las abuelas que asumen el cuidado de las nietas y nietos se encuentran en una etapa típicamente reservada para el retiro y el descanso, enfrentándose por ello a los costos económicos y psicosociales que conlleva la crianza, impactando drásticamente en su economía, presupuesto, fondo de retiro o pensión, cuando en el mejor de los casos cuenten con él.

 

José Gonzalo Espina Miranda.

 

Sanciones a quienes insulten a mujeres que den lactancia materna a sus hijos

 

Por otra parte, el coordinador de la bancada del PRI en la ALDF, Israel Betanzos, celebró la aprobación de sanciones para quienes insulten a mujeres que ejerzan su libre derecho a la lactancia materna en vía pública.

 

La modificación a la Ley de Cultura Cívica, promovida por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, contempla hasta 36 horas de arresto a quien condicione, insulte o intimide a una mujer por alimentar a una niña o a un niño a través de la lactancia, en vías y espacios públicos.

 

Betanzos Cortés, aseguró que debe evitarse cualquier estigmatización en la práctica de lactancia.

 

 

Informó que también fueron aprobadas modificaciones a la Ley de Salud del Distrito Federal, a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que obliga a las instituciones competentes a garantizar acciones que fomenten la práctica de la lactancia como medida para combatir la mortalidad por desnutrición.

 

“La Alimentación es un derecho que está plasmado en la Constitución, de la misma forma que el derecho a la no discriminación. Celebro que las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y la de Administración y Procuración de Justicia, que presido, uniéramos esfuerzos para sacar adelante esta reforma, que beneficiará a todas las mujeres en condición de lactancia en la Ciudad de México” finalizó.

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