Injustificable la tortura en México

Injustificable la tortura en México

  • Ninguna situación de suspensión de derechos y garantías lo justifica. Supervisarán los más de 5 mil centros de privación de la libertad con el fin de prevenirla y erradicarla, así como terminar con las situaciones que son motivo de riesgo de ese delito.
  • Suscriben  organismos de derechos humanos un convenio de colaboración para combatir juntos ese flagelo y lograr su erradicación

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, anunció que  serán supervisados los más de 5 mil centros de privación de la libertad con el fin de prevenir y erradicar la tortura en México, así como terminar con las situaciones que son motivo de riesgo de ese delito

Con este fin la CNDH y el  Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) y la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) firmaron un convenio de colaboración que les permitirá enfrentar juntos el reto de supervisar  los más de 5 mil centros de privación de la libertad.

Durante 2017, citó González Pérez, entre los expedientes de queja recibidos por la CNDH por presuntos hechos violatorios considerados de mayor impacto, 83 fueron por tortura y 319 por tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Explicó que de las 81 recomendaciones ordinarias emitidas por el Organismo Nacional en ese año, en 9 se acreditó tortura y en otras 9 tratos crueles, inhumanos y degradantes; así como la Recomendación 5/VG.

Dijo que a ese número de recomendaciones deben añadirse las 8 emitidas por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

González Pérez afirmó que no son causas de justificación o excluyentes de responsabilidad del delito de tortura el invocar circunstancias especiales o situaciones excepcionales, como tiempo de guerra, invasión o su peligro inminente, perturbación grave de la paz pública, grave peligro, conflicto armado, inestabilidad política interna, suspensión de derechos y sus garantías.

González Pérez  señaló que los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como los vinculados, deben ser perseguidos, investigados, procesados y sancionados conforme a las reglas de autoría, participación y concurso previstas en la legislación penal aplicable, y las reglas de acumulación de procesos del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Tras subrayar que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de tortura, puntualizó que la práctica de ese flagelo es una de las formas más graves de violación a derechos humanos, al atentar contra la dignidad de las personas y causarles graves daños físicos y psicológicos, que suelen ser más destructivos e imposibles de superar.

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)  reconoció que a pesar de avances observados en la prevención de la tortura, en diversos lugares de detención del país se han constatado situaciones que pueden provocar condiciones de maltrato a las personas privadas de la libertad,

Para tal efecto, reafirmó, se realizarán visitas de supervisión a las instalaciones de dichos centros, donde se ha advertido la persistencia de situaciones apremiantes, y durante las cuales examinarán el trato proporcionado a las personas privadas de la libertad, con el fin de evaluar su correspondencia con los derechos fundamentales que les asisten respecto del trato humano y digno, la legalidad y la seguridad jurídica, así como la protección de la salud y la integridad personal.

González Pérez puntualizó que, ante el incremento de la inseguridad, violencia y la presencia de grupos del crimen organizado en el país, deben fortalecerse las capacidades de los órganos de justicia de los tres órdenes de gobierno para que realicen investigaciones científicas y profesionales, con la finalidad de erradicar la tortura y el maltrato hacía las víctimas.

Igualmente, mencionó que a partir de la promulgación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas crueles, Inhumanos o Degradantes existe un marco jurídico renovado para prevenir dicho flagelo y, en su caso, sancionarlo de manera concreta.

La tortura ha sido motivo de preocupación, especialmente durante la vigencia del antiguo sistema de justicia penal de corte inquisitivo, ya que se le consideró prueba válida durante el interrogatorio de personas hasta 1993, mencionó González Pérez.

Para el presidente de la CNDH  los Ombudsperson del país deben ser  coadyuvantes de la CNDH en el combate a ese flagelo que afecta la dignidad de las personas, y destacó que el MNPT cuenta con la articulación y coordinación que permitirá a los organismos defensores obtener mejores resultados en sus tareas de prevención.

En su oportunidad, Ninfa Delia Domínguez Leal, titular del MNPT, destacó que la firma del convenio envía un mensaje de alto impacto a las autoridades de los tres órdenes de gobierno y a la sociedad en general, en el sentido de que los organismos públicos de derechos humanos unen esfuerzos para prevenir violaciones graves a dichas prerrogativas.

Además, dijo,  el Mecanismo tiene el compromiso de promover su participación tanto en visitas de supervisión, construcción de políticas públicas de prevención y mejorar las disposiciones normativas emanadas del tema de la tortura.

Para Adolfo López Badillo, Presidente de la FMOPDH, el convenio permitirá establecer las bases para diseñar programas en la prevención de la tortura, que además de aplicarse en los más de 5 mil centros de internamiento se extenderá a estancias para personas migrantes y adolescentes, así como a los centros de detención de las Fiscalías Generales, hospitales, estancias migratorias y otros espacios donde exista detención de personas.

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