Por una contienda electoral 2015 libre de discriminación, COPRED

Por una contienda electoral 2015 libre de discriminación, COPRED

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El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), se pronuncia porque durante las campañas electorales las y los candidatos de los partidos políticos en la Ciudad de México mantengan una conducta que garantice la inclusión, a la par que se eliminen los mensajes discriminatorios y de odio a partir de los siguientes tres puntos:

  1. Eliminar la posibilidad de incurrir en alguno de los actos discriminatorios señalados en el Artículo 5 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal.

Queda prohibida cualquier forma de discriminación, entendiéndose por ésta la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos y/o comunidades, estén o no en situación de discriminación imputables a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, por razón de su origen étnico, nacional, raza, lengua, sexo, género, identidad indígena, identidad de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación sexual o preferencia sexual, estado civil, por su forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales, por consumir sustancias psicoactivas o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad de las personas frente al ejercicio de derechos. También será considerada como discriminación la bifobia, homofobia, lesbofobia, transfobia, misoginia, xenofobia, la segregación racial y otras formas conexas de intolerancia, el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.

  1. Invitar a las y los candidatos  para que mantengan un lenguaje incluyente y con equidad de género.

Por ello, se les convoca para que en sus discursos y en sus campañas utilicen términos correctos como: Personas con discapacidad, en lugar de personas con capacidades diferentes; Personas adultas mayores en lugar de personas de la tercera edad; Personas indígenas en lugar de inditos;  Lengua indígena en lugar de dialecto; Religiones en lugar de sectas; Trabajadoras del hogar en lugar de sirvientas o muchachas; Identidades juveniles en lugar de tribus urbanas,  etc.

  1. Eliminar el lenguaje o los  discursos  sexistas u homofóbicos que pongan a la población LGBTTTI y a las mujeres en situación de vulnerabilidad,  así como evitar comentarios y/o mensajes de odio, antisemitas,  racistas, misóginos o de intolerancia en cualquiera de sus manifestaciones, incluyendo las redes sociales.

Todo esto  con el fin de garantizar el trato igualitario y la inclusión social.

Para tal efecto hemos enviado a todos los partidos políticos oficios solicitándoles que durante el proceso electoral mantengan una conducta incluyente de trato igualitario y sin discriminación.

A la par, el COPRED pone a la disposición de las y los candidatos información que podrán encontrar en nuestro portal http://copred.df.gob.mx

  • Definiciones para un lenguaje  Incluyente.
  • Monografías de grupos y población en situación de vulnerabilidad.
  • Encuestas EDIS 2013 CDMX.
  • Estructura de la discriminación.
  • Informe de casos 2014.
  • Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal 2015.

Cabe destacar que el COPRED podrá actuar por oficio o por querella en caso de identificar alguna conducta que haga menoscabo de la dignidad de las personas, como lo señala el Artículo 6  de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal.

Asimismo, el COPRED solicita a las autoridades judiciales aplicar el Artículo 206 del Código Penal para el Distrito Federal en los casos de discriminación que se presenten relacionados con el actual proceso electoral, en virtud de que en la Ciudad de México la discriminación es un delito que se castiga con cárcel.

Por último, el Consejo considera fundamental se respete el derecho a la identidad y a votar de las personas trans durante la jornada electoral.

Con este fin, convoca al Instituto Electoral del Distrito Federal para que le recuerden a los y las Supervisoras Electorales y a los y las Asistentes Instructores Electorales la necesidad de que orienten a las personas Funcionarias de Mesa Directiva de Casilla, para que el día de la jornada electoral del próximo 7 de junio permitan votar a las personas travesti, transgénero y transexuales que aún no hayan realizado el cambio de identidad en sus documentos oficiales.

Al respecto, la Secretaría Ejecutiva del IEDF emitió la Circular 111, de fecha 22 de junio del 2012, girando instrucciones al respecto que resultan importantes en el actual proceso electoral con la finalidad de garantizar que se respete el derecho a la identidad de las personas trans.

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