¿Qué es una pensión y por qué los millenials tendremos que luchar para alcanzar a tener una?

¿Qué es una pensión y por qué los millenials tendremos que luchar para alcanzar a tener una?

  • “Un problema crítico que afronta México es la pobreza de aquellos que tienen una edad mayor a los 64 años” afirma Joseph Stiglitz, Premio Nobel de Economía
  • El experimento de privatización de las pensiones ha fracasado, afirma la Organización Internacional del Trabajo
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Por FÉLIX LANDAU.- En los últimos años, conforme la pirámide poblacional se invierte y las generaciones nacidas en la época del llamado “bono demográfico” nos constituimos en la fuerza de trabajo principal, el tema de las pensiones y el Sistema de Ahorro para el Retiro se asoma como uno de los grandes desafíos que enfrentará nuestra sociedad en unos cuantos años.

 

Este tema es delicado porque es una de las aristas más importantes de la seguridad social en nuestro país, de la cual depende el bienestar de todas las personas que alcanzan la edad de retiro y la tercera edad en general, que es el futuro eventual de toda persona. Este sector de la población es altamente vulnerable desde el punto de vista socioeconómico, puesto que enfrentan un incremento de sus necesidades, al mismo tiempo que sus ingresos disminuyen al llegar el final de su vida laboral.

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) define una pensión como “una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad. De igual manera, en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, protege a sus beneficiarios. En ambos casos, previo cumplimiento de los requisitos indicados en la Ley del Seguro Social. El otorgamiento de la pensión se realiza mediante la entrega de una resolución, respaldando el derecho al pago de un importe mensual y al servicio médico que brinda el IMSS.”

 

La clase de pensión a la cual puede aspirar una persona depende de los empleadores que tuvo durante su vida laboral. Al trabajo acumulado en instituciones públicas le corresponde la pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), mientras que el trabajo independiente o realizado para empleadores particulares es cotizado ante el IMSS.

 

Cada una de estas instituciones tiene diferentes requisitos para la jubilación. En el caso del IMSS, el periodo mínimo de cotización que se requiere es el siguiente: 500 semanas de cotización, es decir al menos 10 años de trabajo, (Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997) y 1250 semanas de cotización, o 24 años de trabajo (Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997). Esto significa que una persona que haya empezado a cotizar antes del 1° de julio de 1997 y que en este momento decida pensionarse puede en teoría escoger entre ambos regímenes para ello. Para todas las demás personas que han sido dadas de alta después de esta fecha les corresponde exclusivamente el régimen de la Ley de 1997.

 

Para el caso del ISSSTE, bajo la ley de 1983 existen regímenes que varían: para los hombres son al menos 30 años de servicio público, y para las mujeres 28, entre otros requerimientos.

 

El IMSS comprende dos tipos de régimen de afiliación: el Régimen Obligatorio y el Régimen Voluntario. El Régimen Obligatorio es aquel en el cual una persona es afiliada por su patrón por tener una relación laboral subordinada, lo cual hace obligatorio su aseguramiento. En esta categoría se encuentran inscritos, según las estadísticas del IMSS[1], aproximadamente el 71.5% de los asegurados, o poco más de las dos terceras partes del total. Este régimen incluirá también a las trabajadoras domésticas, bajo un nuevo programa cuya versión piloto fue lanzada apenas en 2019.

 

El resto de asegurados (28.5%) se encuentra en la categoría del Régimen Voluntario, que incluye el Seguro de Salud para la Familia (SSFAM) y el Seguro Facultativo para estudiantes.

 

Este sistema es financiado por el sistema de cuotas obrero-patronales, al cual aportan los trabajadores, los patrones y el Gobierno. Los porcentajes que aporta cada quien son determinados por la Ley del Seguro Social (L.S.S.) vigente, usando como unidad de medida el Salario Base de Cotización (S.B.C.). Éste último se determina con base en el Artículo 30 de la L.S.S., con los considerandos de prestaciones y exclusiones que se establecen en el Artículo 27.

 

El pago de estas cuotas cubre los 5 seguros que ofrece el IMSS bajo el Régimen Obligatorio: Riesgos de Trabajo (SRT), Enfermedades y Maternidad (SEM), Invalidez y Vida (SIV), Guarderías y Prestaciones Sociales (SGPS), y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV).

 

“Un problema crítico que afronta México es la pobreza de aquellos que tienen una edad mayor a los 64 años” Joseph Stiglitz, Premio Nobel de Economía

 

Todo seguro, público o privado, funciona gracias a la colectivización del riesgo. Sin ahondar mucho en los detalles matemáticos, la clave del asunto es la siguiente: si un grupo de personas que enfrenta los mismos riesgos decide reunir sus ingresos y enfrentarse a los riesgos en común, el beneficio que cada quien recibe es el promedio de sus aportaciones, mientras que el riesgo que cada participante enfrenta se reduce a cero conforme aumenta el número de asegurados. Este simple resultado probabilístico muestra las ventajas de un seguro pagado por los contribuyentes y que tenga cobertura universal.

 

Sin embargo, con la Ley del Seguro Social que entró en vigor en julio de 1997, el Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez (SRCV) ya no es administrado por el IMSS, sino que opera a través de las cuentas individuales de ahorro de los trabajadores, con una garantía de pensión mínima por parte del Gobierno Federal. De la misma forma sucede para el ISSSTE, que opera con el sistema de cuentas individuales a partir de la Ley del ISSSTE de 2007.

 

El sistema que existía antes de estas reformas de privatización era lo que en general se conoce como un Plan de Beneficio Definido (BD), en el cual las pensiones se financian con parte de los salarios de los trabajadores que están activos, y el monto de la pensión se determina con base en una fórmula establecida por el historial del salario de los trabajadores, el tiempo de cotización y la edad.

 

Esto implica que el asegurador, en este caso el Estado, es el que asume por completo el riesgo de inversión sobre los fondos que disponga para tal fin, así como las obligaciones financieras a futuro que adquiere con los asegurados. Además, significa que los asegurados tienen derecho a recibir el monto que por ley les corresponde, con independencia de la situación financiera de los recursos que el Estado haya apartado (o no) para pagarles.

 

El sistema que se implementó a partir de las susodichas reformas es lo que se conoce como Plan de Contribuciones Definidas (CD), en el cual el trabajador y el patrón aportan una cuota a una cuenta individual y la pensión que el trabajador recibe depende directamente de las aportaciones del trabajador y el rendimiento acumulado de estas. Esta clase de plan representa el paradigma de pensiones que se intentado implementar en el mundo desde los años 90s.

 

La justificación que se alegaba durante esa época para las reformas radica en que los sistemas de Beneficios Definidos representan una considerable carga fiscal para el Estado. Durante 2010, el costo de las pensiones en México representó el 2.6% del Producto Interno Bruto (PIB). En 2016, esa cifra pasó a ser de 3.3% y representó 17% del gasto programable del Estado.

 

Tal línea de razonamiento, propulsada por algunos economistas de la academia, sugiere de manera perversa que las personas adultas mayores son una carga económicamente improductiva para la sociedad, sin que se pondere verazmente la naturaleza de su consumo en el ciclo macroeconómico: su demanda de bienes y servicios a final de cuentas fomenta la creación de empleos y financia de manera significativa sectores productivos completos como el del cuidado de la salud.

 

A esta reforma, promovida por organismos como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, se opusieron la Organización Internacional del Trabajo, así como el economista en jefe del Banco Mundial, Joseph Stiglitz. Stiglitz (1999)[2] argumentó en su momento que la propaganda detrás de las reformas y los mitos que difundían servían para ocultar la realidad subyacente de lo que significa financiar y operar un sistema de pensiones.

 

Esto es porque en esencia las pensiones del sistema BD funcionaban bajo la lógica económica de la solidaridad intergeneracional, donde las generaciones que actualmente laboran le transfieren parte de su riqueza a las generaciones en edad de retiro. Este esquema no era costoso en tanto la población de adultos mayores en edad de retiro era pequeña: En 1950 en México los adultos mayores representaban 3.47% de la población (971 mil personas), con una tasa de dependencia de 6.4%. Para 2050 se estima que este porcentaje aumente a 18.79% (30.87 millones de personas) y la tasa de dependencia sea de 29.22%.

 

La diferencia con el sistema anterior radica en que ahora la cantidad de dinero que recibirán los trabajadores cuando se pensionen no está garantizada por ley (más que una pensión mínima garantizada por el Gobierno Federal, equivalente a un salario mínimo de la CDMX), sino que depende tan sólo de los rendimientos que obtenga su ahorro en su cuenta individual.

 

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“Dos de cada tres personas en ese universo no cuentan con ahorros suficientes para llegar a una jubilación digna” J. Stiglitz

 

Las cuentas individuales de los trabajadores son manejadas por instituciones financieras llamadas Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), las cuales reúnen los recursos de las cuentas de millones de trabajadores e invierten este dinero en diferentes partes del sistema financiero a través de las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIAFORE). El organismo gubernamental encargado de vigilar el funcionamiento de este sistema es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

 

Las Afores en su conjunto manejan 3 billones 414,374 millones de pesos y los activos invertidos por las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro representan el 14.72 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

 

El rendimiento nominal, o ganancias nominales, que este sistema tuvo desde 1997 hasta febrero de 2019 fue de 11.02%, según cifras de la Consar. Sin embargo, una vez descontando los efectos de la inflación, el rendimiento real de estos ahorros ha sido de 5.13%. La cifra es engañosa porque los rendimientos reales fluctúan de manera importante. Por ejemplo, en 2018 las Afores tuvieron rendimientos negativos de -0.34%, es decir, perdieron más de 71 mil 935 millones de pesos. Las Afores cobran comisiones que en promedio serán de 0.92% para el año 2020.

 

En la siguiente gráfica se muestran los rendimientos nominales de la Siefore 2, desde julio de 2002 a julio de 2019, a precios de bolsa. Esta Siefore está destinada a las personas que están entre los 46 y 59 años. El tipo de Siefore depende del número de años que queden antes de la jubilación, y cambia principalmente la volatilidad de los instrumentos en los cuales invierte: entre más joven es la persona, la Siefore invierte en instrumentos con mayor volatilidad, es decir, mayor riesgo.

 

Las Afores invierten en una variedad de instrumentos del mercado financiero. Por una parte, invierten en deuda gubernamental nacional y de otros países. Este instrumento es considerado de bajo riesgo puesto que los gobiernos son los que están comprometidos a pagarlos. Por otra parte, invierten en lo que se conoce como Deuda Variable, que son instrumentos riesgosos cuyo pago no está asegurado. En esta categoría entran las acciones de las empresas que cotizan en las Bolsas de Valores, y los fondos de inversión, que están administrados por gestores particulares, así como los fondos cotizados y fondos sobre índices (ETF).

 

Otros instrumentos importantes para las Afores son los Certificados de Capital de Desarrollo (CKD), que destinan el dinero a proyectos de infraestructura y desarrollo industrial a través de fideicomisos, y los Certificados Bursátiles Fiduciarios de Proyectos de Inversión (CERPI), que son similares a los CKDs pero están restringidos a los inversionistas institucionales.

 

Finalmente, los Fideicomisos de Inversión y Bienes Raíces (Fibras), financian proyectos del sector inmobiliario, y a cambio obtienen los arrendamientos de los inmuebles que financian, así como las ganancias de plusvalía del sector.

 

Todos estos instrumentos son riesgosos al estar sometidos a los vaivenes del sector privado, así como fraudes financieros. En 2013, dos Afores invirtieron en la empresa Oro Negro. La Integradora de Servicios Petroleros Oro Negro, S.A.P.I. de C.V., fue fundada en julio de 2012 por los primos Gonzalo Gil White y José Antonio Cañedo White, actualmente prófugos de la justicia y bajo investigación de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México por un presunto desvío de más de 750 millones de pesos en la empresa.

 

Estos individuos se vinculan con el economista y empresario, Francisco Gil Díaz, padre de Gonzalo y Secretario de Hacienda durante el mandato de Vicente Fox Quesada. A partir de una buena relación con el gobierno y con funcionarios que fueron estudiantes de Francisco Gil Díaz en el ITAM, y posteriormente sus subordinados en el Banco de México y en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fue como consiguieron los lazos necesarios para obtener los contratos de su empresa.

 

Gracias a la Reforma Energética de Enrique Peña Nieto la empresa obtuvo importantes contratos. A través de una de sus filiales, obtuvo dos contratos por 4 mil 657 millones 568 mil pesos en un solo día. A esto le siguieron más contratos: uno de tres mil 201 millones 295 mil pesos y dos semanas después, otro de 3 mil 42 millones 840 mil pesos.

 

La relación entre Oro Negro y las Afores Citibanamex y SURA comenzó en 2013, cuando éstas invirtieron recursos en la empresa a través de Axis Capital Management, un fondo que creó Gonzalo Gil White. Ahora que Oro Negro está en quiebra, el dinero de los ahorradores que las Afores invirtieron en ella se ha perdido. La empresa es insolvente e incapaz de pagar a sus acreedores.

 

Afore Citibanamex se justifica argumentando que las pérdidas en Oro Negro se compensan con plusvalías en otras inversiones. Como consecuencia de esta clase de fracasos, a partir del 13 de diciembre de 2019 las Afores están obligadas a revelar a los trabajadores en qué se invierten sus ahorros, de acuerdo con diversas modificaciones al Régimen de Inversión de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore) publicadas el pasado 31 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.

 

Esto no cambia la realidad de que los mayores ganadores son los administradores de las Afores: por cada peso que invirtieron las Afores, se regresaron a sí mismos 35 centavos. Además, la esencia del asunto es que los ahorros de los trabajadores no se encuentran asegurados por ley ni libres de riesgo para los pensionados como en el régimen anterior, sino que ahora están en la misma categoría de riesgo que las inversiones en la Bolsa, y los ahorradores son quienes al final absorben todas las pérdidas.

 

Por si fuera poco, el sistema de contribuciones no garantiza que los ahorradores reciban una pensión digna al final de su vida laboral: en el mejor de los casos, con las contribuciones obligatorias de 6.5%, la pensión de un trabajador que se jubile alcanzará tan sólo el 30% de su último salario.

 

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Para entender exactamente lo que significan las cuentas de ahorro individual, consideremos el siguiente argumento económico: la decisión individual de ahorrar equivale a disminuir el consumo que se puede hacer hoy, hasta un momento futuro en el cual se va a disponer del recurso ahorrado, y sobre el cual cobra el “interés”, que es el pago que la persona recibe de parte de quienes administran su ahorro y entretanto hacen uso de ese dinero.

 

Si los tiempos económicos son buenos y las inversiones que escoge la Siefore son responsables y juiciosas, la Afore obtiene rendimientos, supongamos que del 5%, a los cuales descontamos el efecto de la inflación, digamos un 3.5%, así como la comisión que cobrará la Afore, que será del 0.9%. Así, al final la persona recibe un rendimiento real del 0.6%. En cambio, si algunas de las inversiones son fallidas y los rendimientos nominales del portafolio alcanzan tan solo el 1% o incluso el 0%, descontando el efecto de la inflación y la comisión antes establecidos, la persona tendrá pérdidas reales de hasta el -4.1% de sus ahorros, con independencia de la cantidad de dinero que constituya este ahorro.

 

Este ejemplo riguroso muestra que la sugerencia de algunos economistas y analistas del sector financiero, de que las personas “tomen en sus propias manos su futuro financiero” e incrementen sus contribuciones voluntarias para alcanzar un porcentaje mayor de su salario al momento de jubilarse, es francamente risible desde el punto de vista económico, en particular dada la precarización laboral en que se encuentra la vasta mayoría de la población. Incluso maximizando el monto que se aporte voluntariamente – incurriendo en potenciales pérdidas a futuro de lo que se invierta y con la consecuente escasez que signifique no disponer de esos ingresos ahora – las estimaciones muestran que lo mejor que se puede aspirar a recuperar es el 60 o 70% del último sueldo ganado.

 

Peor aún, la vasta mayoría de trabajadores ni siquiera alcanzará el número necesario de semanas de cotización para obtener la pensión mínima – el 76% de ahorradores recibirá en un solo pago lo que su cuenta de Afore tenga hasta ese momento, sin tan siquiera la pensión federal mínima, que consiste en 3 mil ochenta pesos mensuales.

 

Estos hallazgos son confirmados a nivel mundial por la Organización Internacional del Trabajo, la cual detalló sus hallazgos en el reporte “Reversing Pension Privatizations: Rebuilding public pension systems in Eastern Europe and Latin America”. Este reporte, publicado en 2018, contiene las siguientes conclusiones:

  • Los principales beneficiarios de la privatización del sistema de pensiones son el sector financiero y las clases más privilegiadas de la sociedad.
  • El nivel de cobertura de la población bajó y aumentó la inequidad de género y de ingresos.
  • La privatización a menudo facilita y aumenta la corrupción, así como altos costos administrativos.
  • Las promesas que han hecho los gobiernos y las empresas sobre los beneficios universales de la privatización están infladas y no se cumplen una vez llegada la hora.
  • La experiencia en Europa del Este y Latinoamérica muestra que la mayoría de las privatizaciones pueden y deben ser revertidas.

 

Hasta 2018, dieciocho países habían revisado sus reformas y revirtieron, total o parcialmente, la privatización de sus pensiones: Ecuador (2002), Eslovaquia (2008), la Federación de Rusia (2012), Estonia, Letonia, Lituania (2009), Hungría (2010), Croacia y Macedonia (2011), Polonia (2011), Kazajstán (2013), la República Checa (2016), la República Bolivariana de Venezuela (2000), Bulgaria (2007), Argentina (2008), República Bolivariana de Venezuela (2002), Nicaragua (2005) y Rumania (2017). La gran mayoría de los países rechazaron la privatización a partir de la crisis financiera mundial de 2007-2008, momento en que se evidenciaron algunos de los peores fracasos del sistema privatizado.

 

En naranja se muestran los países donde las pensiones fueron privatizadas y después se revirtió al sistema público; en verde aquellos donde las pensiones siguen bajo el sistema privado.

Dado lo anterior, sólo queda establecer que el fortalecimiento de la seguridad social pública, junto con las pensiones solidarias no contributivas, siguiendo las recomendaciones de la OIT, mejoran la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensiones, mejoran los derechos de pensión y los hace más predecibles, lo que permite a las Personas Adultas Mayores disfrutar de una mejor jubilación. Como reflexión final se reafirma lo siguiente: la responsabilidad de los Estados de garantizar la seguridad de los ingresos en la Tercera Edad se cumple mejor mediante el fortalecimiento de los sistemas públicos de pensiones.

 

[1] Hasta diciembre de 2018

[2] En la conferencia ” Nuevas Ideas sobre la Seguridad en la Vejez”, 14 y 15 de Setiembre, 1999

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