Derecho a un nivel de vida adecuado y protección social

Derecho a un nivel de vida adecuado y protección social

 

  • Hasta ahora la familia ha proporcionado apoyo emocional, económico, social y de salud a sus miembros de mayor edad, por lo que se configura como la entidad principal en su cuidado e inclusión social

 

Foto: T E

 

Sandra Huenchuan Navarro* El artículo 25 sobre el derecho a un nivel de vida adecuado de la Declaración Universal de los Derechos Humanos cubre un amplio rango de derechos, incluyendo a la alimentación adecuada, el saneamiento, el vestido, la vivienda, así como a la protección social

 

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores no contempla un artículo específico al respecto, sino que el derecho a un nivel de vida adecuado está consagrado en varios de éstos.

 

Por ejemplo, el artículo 12 refiere el derecho a los cuidados de largo plazo, el artículo 17 aborda el derecho a la seguridad social, el artículo 18 trata sobre el derecho al trabajo, el artículo 19 alude el derecho a la salud y el artículo 14 menciona el derecho a la vivienda.

 

Uno de los aportes más importantes de la Convención es que el nivel de vida adecuado en el caso de las personas mayores debe aplicarse en virtud del principio de la “dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor”.

 

Esta interpretación significa que el propósito de un nivel de vida adecuado ya no tiene que ver únicamente con la ausencia de miseria, sino con velar porque todas las personas de edad avanzada tengan la oportunidad justa para alcanzar su máximo potencial y que nadie se vea en desventaja de lograrlo por la falta de condiciones materiales.

 

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Para lograr un nivel de vida adecuado es indispensable el desarrollo de sistemas de protección social que fortalezcan la capacidad de las personas mayores de prevenir y enfrentar situaciones de vulnerabilidad o inesperadas.

 

Esto conlleva a la integración de tres pilares básicos: seguridad de ingresos, atención básica de salud y cuidados para la autonomía. Los tres actúan en conjunto con el fin de suplir las brechas de protección y desarrollar capacidades.

 

El cierre de brechas de protección surge a partir de la desigualdad socioeconómica que condiciona el funcionamiento actual de los sistemas de seguridad social, puesto que quienes acceden a las prestaciones de vejez son generalmente los colectivos de personas trabajadoras que han estado mejor posicionadas en el mercado laboral.

 

El desarrollo de capacidades, por su parte, tiene que ver con que hay habilidades y capacidades que pueden utilizarse para conseguir un mayor nivel de bienestar. Se trata también de activar la responsabilidad, autonomía e independencia de los sujetos en la toma de decisiones y los procesos que les involucran.

 

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A su vez, en términos de ámbitos de acción de las políticas públicas, los pilares de seguridad de ingresos y atención básica de salud se asocian a la idea de los mínimos que deben operar como piso de la protección social, y que deben ser garantizados directamente por el Estado.

 

Por su parte, los cuidados deben asumirse como una responsabilidad pública y sostenerse por medio de una red de protección que enlaza el piso mínimo de ingresos y salud con otros servicios dirigidos a reforzar la autonomía de las personas de edad.

 

Como se observa, la incorporación plena de las personas mayores en la protección social exige un replanteamiento que responda de manera inmediata a las consecuencias de las transformaciones demográficas y, a su vez, anticipe las respuestas a las demandas de una población en proceso de cambio.

 

Sin embargo, el escenario actual en la región latinoamericana no está exento de obstáculos. Una parte importante de las personas mayores en la región no tiene acceso a pensiones de vejez que les garanticen una protección frente a los riesgos de pérdida de ingresos en la edad avanzada.

 

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Además, la cobertura de seguridad social en el empleo es completamente desigual, por lo que aumentan las posibilidades de desprotección económica para las generaciones futuras. Una de las formas para evitar la desprotección económica en la vejez consiste en buscar alternativas para la generación de ingresos mediante la actividad laboral.

 

Sin embargo, esta alternativa suele ser desventajosa porque cuando las personas mayores trabajan, por lo general lo hacen en el mercado informal del trabajo. Lo anterior hace que la familia actúe como uno de los principales mecanismos de absorción de riesgos económicos en esta etapa, y ello se manifiesta no solo a nivel de las transferencias informales de dinero, sino también en la prestación de servicios, los que, de adquirirse en el mercado, tendrían un costo demasiado elevado para la mayoría de las personas de edad de la región.

 

Asimismo, se observa una adaptación lenta de los sistemas de salud a los cambios de la demanda surgidos a partir de la dinámica demográfica, epidemiológica y tecnológica, lo que se traduce en un incremento de los costos y gastos de la atención a la salud y la falta de acceso a los servicios oportunos y de calidad para la población mayor.

 

Foto: Archivo T E

 

Además, la cobertura de atención sanitaria es desigual, y aun cuando las personas mayores cuenten con seguros de salud, ello no implica que puedan acudir a un centro médico cuando lo necesitan. La posibilidad de obtener medicamentos a un costo accesible y recibir prestaciones sanitarias efectivas y adecuadas para sus necesidades, así como cuidados de larga duración fiscalizados y en los que se respeten los derechos y las libertades fundamentales, son asuntos que preocupan a la generación actual de personas mayores cuando ven afectada su autonomía.

 

Por otra parte, las estructuras familiares han experimentado cambios a causa del avance de la transición demográfica, y a medida que la población envejece aumentan los hogares con presencia de personas de edad.

 

Hasta ahora la familia ha proporcionado apoyo emocional, económico, social y de salud a sus miembros de mayor edad, por lo que se configura como la entidad principal en su cuidado e inclusión social.

 

No obstante, la disminución del tamaño de la familia, la gran diversificación vivida en las últimas décadas y la sobrecarga de tareas, debido a la necesidad de asumir nuevas responsabilidades en un ámbito de creciente debilidad del Estado, derivan en una institución familiar con demandas excesivas que difícilmente podrá cumplir con todas las funciones asignadas si no cuenta con el apoyo necesario para lograrlo.

 

Foto: T E

 

El desafío actual es utilizar los instrumentos de derechos humanos –como la Convención Interamericana– para ampliar y mejorar los sistemas de protección social:

 

  • La seguridad social debe ser universal y ofrecer prestaciones suficientes para que las personas mayores lleven una vida digna, y también facilitarles a que participen activamente en la vida pública, social y cultural.
  • La atención en salud ha de brindar toda la gama de servicios esenciales y de calidad para las personas mayores, desde la promoción de la salud hasta la prevención, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, como un medio para preservar la dignidad humana.
  • Los cuidados deben estar disponibles para todas las personas mayores que los necesiten, con el objetivo de mejorar su capacidad de autosuficiencia durante el mayor tiempo posible.
  • En definitiva, la protección social no sólo debe pensarse desde la perspectiva del riesgo, sino principalmente como un mecanismo para lograr autonomía, independencia y dignidad en la vejez.

 

* Especialista en el tema de envejecimiento en el Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía-División de Población de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) de las Naciones Unidas.

 

*Tomado de Ciudad Defensora, revista bimestral de derechos humanos de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), año 1, número 9, noviembre-diciembre de 2020, editada por la Dirección Ejecutiva de Investigación e Información en Derechos Humanos de la CDHCM. Av. Universidad 1449, col. Pueblo Axotla, demarcación territorial Álvaro Obregón, 01030 Ciudad de México. Tel.: 55 5229 5600.

 

La Redacción de Diario T E agradece a los editores de Ciudad Defensora autorizarnos la reproducción de este artículo de la Doctora Sandra Huenchuan Navarro.

 

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