400 pesos costará a Adultos Mayores firmar la ‘Voluntad Anticipada’

400 pesos costará a Adultos Mayores firmar la ‘Voluntad Anticipada’

Busca proteger el derecho de las personas con una enfermedad terminal a una muerte digna

voluntad

La Voluntad Anticipada es la decisión personal de ser sometido, o no, a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar la vida cuando una persona  se encuentre en etapa terminal y por razones médicas, sea imposible mantenerla viva  de manera natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, explicó Heriberto Castillo, presidente del Colegio de Notarios.

Añadió que  la ‘ Ley de voluntad anticipada’ es similar a un testamento en el que también aparece un representante, algo similar a un albacea, quien supervisa que se cumpla la decisión del enfermo en el sentido que  éste haya decidido.

El letrado precisó que  la Ciudad de México es la primera entidad federativa en la que se promulga una ‘Ley de voluntad anticipada’, en la cual la persona decide si quiere o no ser sometido a tratamientos terapéuticos que le prolonguen la vida cuando se encuentre en una etapa terminal, donde su pronóstico de supervivencia no sea mayor a seis meses y haya una opinión médica que justifique que se encuentra en etapa terminal

El presidente del Colegio de Notarios informó que quien aspire apegarse a la ‘Ley de voluntad anticipada’ debe acudir ante un notario, debe ser mayor de edad y explicar lo que desea, Al ingresar a un hospital, si el firmante está en posibilidad de entregar el documento podrá hacerlo o, en caso de no ser así, podrá entregarlo a quien él haya elegido como responsable, quien deberá cuidar su correcto cumplimiento.

Castillo  subrayó que Ley de Voluntad Anticipada tiene igual o los mismos efectos que un testamento y puede declararse la nulidad de un documento de éstos, pero apoyándose en varias causales y aclaró que respetar la voluntad de la persona firmante no absuelve de recibir los cuidados paliativos como cuidar su  higiene, que  se le atienda del dolor, se le  hidrate y, si se puede y así lo desea el paciente,  “que se vaya a su casa.”

Con la finalidad de promover este documento, el nuevo arancel en el Distrito Federal establece un costo de mil 200 pesos, pero gracias a un convenio con la Secretaría de Salud capitalina, los adultos mayores pagarán cuatrocientos pesos.

Ley de Voluntad Anticipada

El 7 de Enero de 2008 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Voluntad Anticipada. Esta ley resulta en un ordenamiento novedoso en nuestra legislación, dado que regula la forma en que las personas pueden decidir libremente que no se apliquen en su persona aquellos tratamientos y/o procedimientos médicos, que busquen prolongar de manera innecesaria su vida.

Considerando que este es un tema sumamente delicado, se podría pensar que en torno a esta ley se generaría una gran polémica. Sin embargo, no fue así, ya que de su texto se desprende claramente que no se trata de una ley que promueva la eutanasia, entendida como todo acto u omisión realizado por personal médico que ocasiona la muerte de un ser humano, ya que lo que el ordenamiento regula es la llamada ortotanasia o muerte digna, que consiste en el otorgamiento de medidas médicas paliativas, que disminuyen el sufrimiento o que lo hacen tolerable, permitiendo el apoyo emocional y espiritual a los enfermos terminales.

Con la publicación el 4 de Abril de 2008 del Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada y las reformas de 27 de julio a la ley y 19 de septiembre al propio reglamento, ambas del año 2012, quedó completo el marco jurídico para el inicio de su aplicación en el Distrito Federal.

Cabe destacar que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal encomendó a los notarios de la ciudad, la redacción de los documentos de Voluntad Anticipada. Hecho que demuestra, una vez más, la gran confianza que la sociedad tiene depositada en su notariado, dado que para la confección y guarda de prácticamente todo documento que es de importancia para ésta, se acude a la figura del notariado público.

El Colegio de Notarios del Distrito Federal celebró el día 21 de Mayo de 2008, con el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, un Convenio para que, a través de los notarios agremiados, se ofrezca a los ciudadanos del Distrito Federal asesoría y atención preferente para la tramitación y otorgamiento de los Documentos de Voluntad Anticipada a que se refiere la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal y su Reglamento, estableciéndose un costo reducido para los mismos.

La Secretaría de Salud del Distrito Federal cuenta con los siguientes datos estadísticos* en materia de Voluntad Anticipada, de documentos suscritos ante notario del 7 de enero de 2008 al 31 de agosto de 2014. Cabe mencionar que estas cifras se incrementan día con día, ya que las suscripciones de los documentos está en constante aumento.

Total de Documentos suscritos ante Notario: 3,525
(7 de enero de 2008 al 31 de agosto de 2014)
Total de Documentos suscritos durante el mes de AGOSTO: 114
Total de Documentos suscritos durante 2014: 1246

 

EDAD
HOMBRES
MUJERES
15 a 19 años
0
0
20 a 24 años
5
9
25 a 29 años
5
10
30 a 34 años
15
23
35 a 39 años
30
43
40 a 44 años
41
61
45 a 49 años
57
87
50 a 54 años
82
184
55 a 59 años
111
227
60 a 64 años
167
332
65 a 69 años
198
405
70 a 74 años
192
357
75 a 79 años
165
272
80 a 84 años
104
177
85 o más
77
89

 

USCRIPTORES HABITANTES DEL D.F.
DOCUMENTOS
Alvaro Obregón
536
Azcapotzalco
28
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519
Coyoacán
386
Cuajimalpa
160
Cuauhtémoc
204
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84
Iztacalco
46
Iztapalapa
70
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121
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633
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1
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5
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28
Xochimilco
45
SUSCRIPTORES HABITANTES DE ENTIDADES
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DOCUMENTOS
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3
Chihuahua
2
Coahuila
2
Distito Federal
3,115
Durango
2
Estado de México
318
Guanajuato
8
Guerrero
4
Hidalgo
1
Jalisco
12
Michoacán 2
Morelos 29
Nayarit
2
Puebla
8
Querétaro
5
Quintana Roo
2
San Luis Potosí
1
Tabasco
1
Tlaxcala
1
Veracruz
1

 

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DOCUMENTOS
Chile
1
España
1
Estados Unidos de América
3
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1
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