Mancera da el “Adiós al Distrito Federal” y la bienvenida a CDMX, “Ciudad de México”

Mancera da el “Adiós al Distrito Federal” y la bienvenida a CDMX, “Ciudad de México”

  • Desaparece el Distrito Federal y renace la Ciudad de México como entidad del país
  • El Congreso de la Unión hace la declaración histórica después de que las legislaturas de 23 estados aprueban la reforma constitucional
  • Se constituirá una Asamblea Constituyente para crear la Constitución de la Capital de la República. Las delegaciones se convertirán en alcaldías. Sus habitantes dejarán de llamarse “defeños” 

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El ciudadano Miguel Ángel Mancera Espinosa, un abogado de 50 años, dio el “adiós al Distrito Federal” y dio la bienvenida a la “Ciudad de México” como la entidad 32 de la República después de que la Comisión Permanente del  Congreso de la Unión a las 11:45 del 20 de enero de 2016, en la sede de la Cámara de Diputados en San Lázaro, llevó a cabo, en voz del diputado Jesús Zambrano, la declaratoria histórica constitucional por la cual desapareció formalmente  la figura del Distrito Federal y renació la Ciudad de México después de que en 1928 desapareció el régimen municipal por el que se gobernaba la capital mexicana desde el siglo XIX.

“Es una fecha que quedará para siempre en la historia de esta ciudad, de su transformación política, de su transformación en la convivencia con su vida federal”, dijo el ciudadano Mancera Espinosa horas más tarde de esa declaratoria constitucional,  al iniciar una conferencia de prensa en el salón Miguel Hidalgo del viejo palacio del ayuntamiento donde se encuentran sus oficinas, en el Centro Histórico de la capital mexicana.

Mancera Espinosa, Doctor en Derecho, abogado egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México,  dejó de ser Jefe de Gobierno del Distrito Federal para constituirse formalmente como Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. Aunque ya desde hace tiempo había dejado de llamarse al Distrito Federal faltaba la formalidad de la declaratoria constitucional hecha por el Congreso de la Unión tras la reforma política de diciembre del año pasado.

Mancera Espinosa se mostraba contento. El ciudadano Mancera fue principal artífice para que se concretara esta reforma y se constituyera a la Ciudad de México como la entidad 32 de la República, dentro del artículo 43 de la Constitución mexicana. Auguró cambios favorables para los habitantes de la capital mexicana.

Esta reforma constitucional devuelve a la capital del país su calidad democrática autónoma, tendrá su propia Constitución, conserva como sede de los poderes federales, amplía el universo de los cambios  de las reformas constitucionales,  que en la década de los noventas del siglo pasado propiciaron la elección del Jefe de Gobierno y de los titulares de las 16 delegaciones políticas, y desaparecieron  la figura del Jefe de Departamento y de los delegados políticos cuya designación dependía del Presidente de la República en turno.

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La nueva Constitución deberá entrar en vigor en el mes de enero de 2017 después de que la asamblea constituyente formada por cien diputados la discutan y la aprueben. Para llevar a cabo el ejercicio de diseñar la Constitución de la Ciudad de México se constituirá un primer grupo y se hará una convocatoria para abrir la participación a Universidades, Cámaras de la iniciativa privada, especialistas, organizaciones de la sociedad para crear un documento fundacional.

Para llevar a cabo esta enorme tarea, Mancera Espinosa integrará un equipo, “que debe ser de amplia participación, la Ciudad de México estará trabajando para construir este documento con una amplia participación, con una amplia convocatoria”, añadió.

 ¿Cómo estaremos planteando el diseño?, preguntó Mancera Espinosa.  En el diseño tendremos un equipo de trabajo para la elaboración del proyecto de Constitución de la Ciudad de México, así será, equipo de trabajo para la elaboración del proyecto de Constitución de la Ciudad de México”.

 Este equipo de trabajo, agregó, tendrá un primer círculo que será el que nos permita tener interlocución con todos los demás grupos, a manera de ejemplo, tendremos que hablar con las diferentes universidades. “Dar la participación a todas y cada una de las áreas, tanto de las áreas de desarrollo central, como de las áreas y de los cuerpos autónomos del Gobierno de la Ciudad de México, es decir, no puede quedarse fuera todo el planteamiento de derechos humanos, no puede quedarse fuera el planteamiento de mejora regulatoria”.

EL Jefe de Gobierno explicó que este documento debe contener Carta de Derechos para la ciudad, debe incluir la parte dogmática, con  los derechos fundamentales,  y la parte programática. “Es un documento que debe ser progresista, que debe ser con una perspectiva de libertades, con una perspectiva de los derechos ya ganados por la Ciudad de México, con una visión de futuro en el desarrollo de la capital”.

“Vamos a tener una Constitución, hoy no tenemos una Constitución, vamos a tener una Constitución. Hoy la Ciudad de México con esta Declaratoria de Constitucionalidad – decía Mancera a los periodistas— tiene una nueva comunicación en el federalismo mexicano”.

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El sábado 16 de enero, en la emblemática unidad habitacional de Nonoalco-Tlaltelolco,  acompañado por gran parte de su gabinete, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el ciudadano Miguel Ángel Mancera Espinosa, había celebrado  sus 50 años de edad con  la aprobación de 23 Congresos estatales, más de los siete que se requerían para hacer válida la reforma constitucional que hizo válida la 63 Legislatura del Congreso de la Unión este miércoles 20 de enero de 2016.

Con la aprobación de las legislaturas de esos 23 Estados del país se llevó a cabo en la Comisión Permanente del Congreso de esa declaratoria avalada por el Senado de la República donde se inició el proceso de la reforma política que culminó con el cambio de Distrito Federal por el de Ciudad de México.

Esta reforma, que se mantuvo en la congeladora del Congreso durante quince años,  transforma la vida cívica de la población.  La capital del país dejó de llamarse  “Distrito Federal” y sus habitantes “defeños”.

Mancera Espinosa fue invitado a la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión durante la cual el diputado Jesús Zambrano, hizo la declaratoria constitucional que habrá de ser publicada por el presidente Enrique Peña Nieto.

En la sesión de la declaratoria hablaron legisladores y legisladores de Partido del Trabajo, del Movimiento de Regeneración Nacional, de Encuentro Social, Nueva Alianza, Partido Verde Ecologista de México, Partido de la Revolución Democrática, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional.

Mancera los escuchó todos los planteamientos de los partidos durante esa sesión, con las reservas y disidencias de las representantes de Morena y del PAN.

Desde que se inició el debate el año pasado de esta reforma, el Jefe de Gobierno de la capital del país  tenía confianza en voluntad política  de los senadores y diputados para este cambio de fondo sobre el estatus jurídico y democrático de la Ciudad de México. Esta reforma se consumó a la mitad del diciembre anterior.

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La reforma que comprende cambios a 48 artículos de la Constitución  General de la República y   promueve la creación de una asamblea constituyente con cien diputados para la redacción de la Constitución de la Ciudad de México. Entre  los diputados constituyentes  habrá de figurar en primer orden, Porfirio Muñoz Ledo, un antiguo luchador por la democratización de la vida política de la capital.

Entre los grandes cambios figura la desaparición de la figura de las delegaciones y que el gobierno de esas  demarcaciones territoriales de la Ciudad de México estará a cargo de  Alcaldías. Los jefes delegacionales serán alcaldes.

Alcaldías serán  órganos político administrativos que se integran por un Alcalde y por un Concejo electos por votación universal, libre, secreta y directa, para un periodo de tres años.

El artículo 43 constitucional deberá decir  que “Las partes integrantes de la Federación son la Ciudad de México y los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas”.

La Ciudad de México se conserva como  la entidad federativa sede de los poderes de la Unión y Capital de la República; se compondrá del territorio que actualmente tiene y, en caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en un estado de la Unión con la denominación de Ciudad de México”.

El Artículo 122 es el que señala el cambio trascendental que vivirá la capital del país en las próximas semanas. Destaca ese artículo que la Ciudad de México gozará de  “autonomía constitucional en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa” y que el gobierno de la Ciudad de México estará “a cargo de sus poderes locales, en los términos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, la cual se ajustará a lo dispuesto en la Constitución General de la República.

Ese artículo señala que “la Ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular” y que  “el poder público de la Ciudad de México se dividirá para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Igualmente destaca que “no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el legislativo en un solo individuo” y que el ejercicio del Poder Legislativo se deposita en la Legislatura de la Ciudad de México, la cual se integrará en los términos que establezca la Constitución Política de la entidad.

El titular del Poder Ejecutivo de la capital conservará el título de Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y “tendrá a su cargo la administración pública de la entidad; será electo por votación universal, libre, secreta y directa, y no podrá durar en su encargo más de seis años”, como hasta ahora está previsto.

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Se señala además en ese texto que “la Administración Pública de la Ciudad de México será centralizada y paraestatal; su hacienda será unitaria, incluyendo los tabuladores de remuneraciones y percepciones de los servidores públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución y en términos de la Constitución y las leyes locales.

“La división territorial de la Ciudad de México para efectos de su organización político administrativa, así como el número, la denominación y los límites de sus demarcaciones territoriales, serán definidos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política local.  El gobierno de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México estará a cargo de las Alcaldías”.

También se destaca en ese artículo que  la Legislatura local  “aprobará el presupuesto de las Alcaldías, las cuales lo ejercerán de manera autónoma en los supuestos y términos que establezca la Constitución Política local”.

Estas alcaldías  serán “órganos político administrativos que se integran por un Alcalde y por un Concejo electos por votación universal, libre, secreta y directa, para un periodo de tres años. Los integrantes de la Alcaldía se elegirán por planillas de entre once y quince candidatos, según corresponda, ordenadas en forma progresiva, iniciando con el candidato a Alcalde y después los Concejales con sus respectivos suplentes, en el número que para cada demarcación territorial determine la Constitución Política de la Ciudad de México”.

En materia de presupuesto el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México enviará al Ejecutivo Federal el proyecto de previsiones correspondientes para que sean consideradas en dicho Presupuesto”.  Corresponderá  al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México “la dirección de las instituciones de seguridad pública de la entidad, en los términos que establezca la Constitución y las leyes locales, así como nombrar y remover libremente al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública”.

En este texto se consideran las bases para la organización y funcionamiento del Consejo de Desarrollo Metropolitano, al que corresponderá acordar las acciones en materia de asentamientos humanos; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte; tránsito; agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública”.

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