COFEPRIS emite 4 autorizaciones para uso de marihuana a ciudadanos amparados
COFEPRIS emite 4 autorizaciones para uso de marihuana a ciudadanos amparados
- En cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la COFEPRIS emitió 4 autorizaciones para el consumo de marihuana con fines recreativos y lúdicos en favor de los ciudadanos amparados por esa instancia
- Las autorizaciones se limitan estrictamente a actos relacionados con el consumo personal de marihuana, por lo que no permiten actos de comercio o suministro a terceros
- La autorización especifica que el consumo de marihuana no podrá realizarse en presencia de personas menores, embarazadas o personas que no otorguen su consentimiento
- Las autorizaciones notificadas el día de hoy se comunicarán al Juzgado 11º de Distrito en Materia Administrativa en el DF para acreditar el cumplimiento de la sentencia
En cumplimiento estricto a la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el pasado 4 de noviembre de 2015, la COFEPRIS emitió el día de hoy 4 autorizaciones en favor de los ciudadanos amparados para el consumo personal de marihuana con fines recreativos.
De conformidad con el artículo 192 de la Ley de Amparo, las autorizaciones se emitieron en estricto apego a la sentencia y dentro del periodo otorgado por el Juez 11º de Distrito en Materia Administrativa para dar cumplimiento al mandato de la corte. En este sentido los permisos emitidos el día de hoy contemplan lo siguiente:
- La autorizaciones son para que los cuatro amparados puedan sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y consumir marihuana con fines recreativos.
- En ningún caso, las autorizaciones comprenden la realización de actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de marihuana.
- Se establece que el consumo de marihuana no debe perjudicar a terceros y, en consecuencia, dicho consumo no puede efectuarse en presencia de menores de edad, mujeres embarazadas y, en general, en lugares públicos donde se encuentren terceros que no hayan brindado su autorización.
- La vigencia de la autorización se emitió por tiempo indeterminado, conforme a lo dispuesto en el artículo 370 de la Ley General de Salud.
La emisión de estos 4 permisos será comunicada al juzgado 11º de Distrito en Materia Administrativa en el DF para acreditar el cumplimiento por parte de la COFEPRIS a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
COFEPRIS reitera que de acuerdo a lo estipulado en los artículos 235, 237 y 245 de la Ley General de Salud, la Marihuana sigue siendo una sustancia ilegal y su siembra, cultivo, cosecha, transporte, venta y suministro están prohibidas y penadas por dicha Ley.