Garantizar a las personas adultas mayores el acceso a programas de cuidados paliativos

Garantizar a las personas adultas mayores el acceso a programas de cuidados paliativos

 

  • A nivel nacional no se cuenta con normatividades referente a cuidados paliativos específicos para las personas mayores
  • Por criterios de edad, por factores de riesgos y enfermedades crónicas no transmitibles, son proclives a necesitar o requerir la atención medica paliativa

 

Foto: T E

 

Antes de concluir el periodo ordinario de la Cámara de Diputados de diciembre de 2023, la diputada Gabriela Sodi (PRD) propuso adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, con el objetivo de que las instituciones públicas del sector salud garanticen a esta población el acceso a programas de salud dirigidos a cuidados paliativos en todos los niveles de atención.

 

Las adiciones a los artículos 3, 5 y 18 de dicha ley también plantean establecer garantizar a las personas adultas mayores el derecho a tener acceso a servicios de salud en materia de cuidados paliativos y del control del dolor.

 

Define a los cuidados paliativos como: atención y cuidado activo, integral e interdisciplinario de pacientes cuya enfermedad no responde a un tratamiento curativo o sufren dolores evitables. Implica una atención primordial al control del dolor físico, psicológico y emocional y de otros síntomas.

 

El documento menciona que la Ley General de Salud contiene disposiciones jurídicas que buscan proporcionar en los sistemas básicos de salud la atención médica paliativa, preservando la calidad de vida y el control del dolor de los pacientes; de igual modo, en el Título Octavo Bis, “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal”, se determinan disposiciones generales, los derechos de los pacientes y las facultades o atribuciones de las instituciones de salud que proveen del servicio paliativo, siendo un referente en la materia.

 

Sin embargo, agrega, en la actualidad a nivel nacional no se cuenta con normatividades referente a cuidados paliativos específicos para las personas adultas mayores, las cuales, por criterios de edad, por factores de riesgos y enfermedades crónicas no transmitibles, son proclives a necesitar o requerir la atención medica paliativa.

 

Foto: T E

 

Precisa que cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) estiman que a nivel global “40 millones de personas requieren de cuidados paliativos, debido al envejecimiento poblacional o el incremento de enfermedades”. De igual forma, en México, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) estimó que había “17 millones 958 mil 707 personas de 60 años y más, lo que representa el 14 por ciento de la población total del país”.

 

Resalta que las personas adultas mayores son propensas a padecimientos y enfermedades crónicas degenerativas, como hipertensión arterial sistémica, diabetes mellitus, cáncer o enfermedad coronaria, las cuales en un nivel avanzado son causantes de dolores físico, psicológico y emocional, lo que provoca la pérdida gradual o progresiva de capacidades y funciones orgánicas, y afecta directamente el bienestar y dignidad de este grupo etario.

 

Por ello, afirma, es necesario implementar acciones, procesos, y políticas públicas en materia de cuidados paliativos específicos para estas personas, debido a que diferentes proyecciones poblacionales a nivel nacional, como la del Consejo Nacional de Población (Conapo), prevén un aumento del 22 por ciento, de tal manera que se requiere una atención de salud prioritaria a favor de una vida libre de dolor.

 

La iniciativa, turnada a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para dictamen, recalca que la finalidad es el fortalecimiento de normatividades de aplicación nacional en las que se contemple la atención y cuidados paliativos especializados para las personas adultas mayores, así como garantizar y salvaguardar sus derechos fundamentales.

 

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