Hacia una Ley Sheinbaum de Protección a los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México

Hacia una Ley Sheinbaum de Protección a los Derechos Humanos de las Personas Mayores en México

 

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José Luis Camacho López*.- La trascendente oportunidad  histórica que representa que la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo sea la próxima presidenta de la República del sexenio 2024-2030 y la primera mujer en llevar la banda presidencial nos plantea proponer una iniciativa de  reforma legislativa constitucional integral y una Ley de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, dada la relevancia del  proceso de envejecimiento de la población nacional de más de 60 años, uno de los fenómenos demográficos progresivos de nuestro tiempo del siglo XXI.

 

Durante el  gobierno de la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo como Jefa de Gobierno de la Ciudad de México fue proponer ante el Congreso de la Ciudad de México durante su administración como Jefa de Gobierno   de la capital del país,  que conocemos como la Ley Sheinbaum,  fue su iniciativa de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención en la Ciudad de México publicada el 15 de enero de 2021,  ya que  representa un notable  y  adelantado  avance en la actualización del marco jurídico constitucional  de los derechos humanos de las Personas Mayores en la capital del país.

 

La Ley Sheinbaum de orden público, de interés social y de observancia general en la Ciudad de México, en síntesis “tiene por objeto promover, proteger, reconocer, en condiciones de igualdad, el pleno goce y ejercicio, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

 

Dicha legislación de la Ciudad de México elaborada con un contenido similar a la Convención Interamericana sobre la Protección a los Derechos Humanos de las Personas Mayores del 15 de enero de 2015, son la base del marco jurídico para una iniciativa de Ley de la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores para las 32 entidades del país, una Ley Sheinbaum para toda la población nacional de más de 60 años.

 

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La elección de la Doctora Sheinbaum Pardo como Presidenta de la República para el sexenio de 2024-2030 es una estupenda oportunidad para que las personas mayores, una población en franco ascenso demográfico en el país disfrute de una legislación que tenga por objeto tal como lo dice la Convención Interamericana  sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores: “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

 

El presidente Andrés Manuel López Obrador publicó el 10 de enero de 2023 el Decreto aprobatorio del Gobierno mexicano para que el Estado mexicano forme parte de esa Convención. Este hecho plantea al próximo gobierno de la Doctora Sheinbaum Pardo un extraordinario desafío para cumplir con los objetivos de dicho instrumento jurídico convencional para hacer que las “Personas Mayores” del país efectivamente ejerzan plenamente los derechos humanos como sujetos jurídicos.

 

Dicho instrumento convencional reúne los Principios en Favor de las Personas Mayores de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de 1991, la Proclamación sobre Envejecimiento de 1992; la Declaración Política y el Plan de Acción de Madrid sobre Envejecimiento y otros mecanismos regionales entre los que destacan la Estrategia Regional de Implementación para América Latina y el Caribe de 2003; la Declaración de Brasilia de 20027; el Plan de Acción de la Organización Panamericana de la Salud de 2009; la Declaración de Compromiso de Puerto España de 2099 y la Carta de San José sobre los derechos de las personas mayores de América Latina y el Caribe de 2012 y la Carta de Santiago de 2022.

 

En la Quinta Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento y Derechos de las Personas Mayores en América Latina y el Caribe, efectuada en diciembre de 2022 en Santiago de Chile, representantes de todos los países de la región, incluido México, “reafirmaron su compromiso con la promoción, la protección y el respeto de los derechos humanos, la dignidad y las libertades fundamentales de todas las personas mayores, sin ningún tipo de discriminación y violencia, y ratificaron la responsabilidad de los Estados de proveer las medidas y acciones necesarias para garantizar un envejecimiento saludable, con dignidad y derechos”.

 

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En la Declaración de Santiago, firmada en esa Quinta Conferencia, se convoca a las naciones de la región a llevar a cabo “medidas eficaces contra la discriminación por edad, y a eliminar las dificultades y obstáculos que aún persisten en la región y que menoscaban la participación de las personas mayores en la vida política, social, económica y cultural y sus derechos humanos”.

 

El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador ha dado un paso gigantesco en ese sentido con su política de bienestar social de las personas mayores al incorporar el derecho de las personas de más de 65 años a disfrutar de una pensión no contributiva con un carácter universal, sin ninguna discriminación a ningún grupo social de la población de esas edades.

 

Ese paso trascendental del gobierno del presidente López Obrador de otorgar   las pensiones del bienestar a la población de más de 65 años, beneficia a personas mayores que no tiene acceso a pensiones contributivas. Pero también beneficia a quienes reciben las pensiones contributivas bajas por parte instituciones de seguridad social como del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE). Este hecho de política de bienestar social   significa uno de los grandes avances en materia de políticas sociales públicas en nuestro país.

 

Hasta los gobiernos anteriores se carecía de una política social que beneficiara a las personas mayores sin discriminación alguna. Solamente existía una la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores de 2002 que en forma muy limitada o inexistente no cumplía su contenido con los “derechos de las personas adultas mayores” ni con principios de autonomía, participación, equidad, atención preferente y derechos como la no discriminación, acceso a una vida libre sin violencia, una vida digna y de certeza jurídica. Con la elección presidencial de la Doctora Sheinbaum Pardo estamos en el umbral de abrir esa puerta más amplia de derechos para las personas mayores.

 

En este contexto de los derechos de las personas mayores, el papel jugado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) ha sido definitorio para promover una atención prioritaria al fenómeno demográfico del envejecimiento de la población. La CEPAL ha realizado estudios que ilustran la dimensión del proceso de envejecimiento de la población y de sus efectos en todos los campos de la vida social y gubernamental en documentos como el Envejecimiento en América y el Caribe donde describe un panorama sobre el envejecimiento y las tendencias demográficas en la región.

 

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La CEPAL ha señalado que el rápido proceso de envejecimiento que experimenta la región latinoamericana y del Caribe llevará a que en 2050 las personas mayores alcancen el 25,1por ciento, alrededor de 193 millones de habitantes de la población total, es decir, habrá 2,1 veces más personas mayores que en 2022.

 

México es un país, como muchos otros del planeta, donde el envejecimiento de la población es uno de los grandes e importantes fenómenos demográficos. En una reunión efectuada en 2012 en la Ciudad de México entre el gobierno del entonces Distrito Federal y la CEPAL: Los Derechos de las Personas Mayores en el Siglo XXI: situación, experiencias y desafíos, ya se advertía que el siglo XXI para México “será el de la población mayor” y “de la urgencia de cubrir necesidades básicas de las personas de más de 60 años con la institucionalización de políticas públicas y mecanismos de exigibilidad de sus derechos humanos”.

 

México se encuentra entre los países latinoamericanos con una de las más altas concentraciones de personas de más de 60 años. La elección presidencial de la Doctora  Sheinbaum  Pardo como la persona idónea para dirigir los destino de la nación, es una valiosa oportunidad de continuar con la  política pública del presidente López Obrador,   con una visión prospectiva de alcances previsores en todos los aspectos vinculados a los derechos humanos de las Personas Mayores de una forma integral, la cual avizore la dimensión demográfica de ese  proceso de envejecimiento que entre los años de 2020  pasó de los 15 millones cien mil personas, 12 por ciento de la población,  a  más 18  millones  600 mil  en 2024,  que representan alrededor del 15 por ciento de la población nacional.

 

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La Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención impulsada por la Doctora Sheinbaum Pardo, es el ejemplo para que se legisle una Ley similar para todo el país y todos los organismos de gobierno, ejecutivo, legislativo y judicial, así como los gobiernos de las  32 entidades, estén obligados a respetar y aplicar los contenidos de este instrumento de protección a derechos humanos de uno de los grupos de población más vulnerables del país, como son las personas mayores de 60 años.

 

Los datos demográficos mexicanos señalan  la urgente necesidad jurídica de plantear una nueva reforma legislativa constitucional y una nueva Ley de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en virtud de la relevancia del proceso de envejecimiento de la población de 60 años y más y sus múltiples repercusiones de todo tipo en su salud, seguridad y protección social y jurídica, así como en sus necesidades de alimentación, vivienda, empleo, movilidad, “con un sistema integral para su atención que prevenga el abuso, abandono, aislamiento, negligencia, maltrato, violencia y cualquier situación que implique tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes o atente contra su seguridad e integridad”, como destaca la Ley Sheinbaum.

 

*Periodista, académico en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales y egresado de la Facultad de Derecho de la UNAM, investigador de los procesos de envejecimiento y editor de DiarioTE, la revista mexicana de los derechos humanos de las personas mayores.

 

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