Certificado Electrónico de Nacimiento

Certificado Electrónico de Nacimiento

La Secretaría de Salud emite lineamientos para la operación del  documento en establecimientos médicos

  • El documento se expedirá mediante un sistema electrónico único y exclusivo que será administrado por la DGIS

  • Contendrá información del recién nacido sobre vacunación y tamizaje, así como de patologías congénitas

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La Secretaría de Salud dio a conocer el 17 de abril las reglas para la operación del Certificado Electrónico de Nacimiento (CEN). Este documento se expedirá mediante un sistema electrónico único y exclusivo que será establecido y administrado por la Dirección General de Información en Salud (DGIS).

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación da a conocer los modelos que se utilizarán como formatos para la expedición del Certificado Electrónico de Nacimiento.

La gestión de los certificados estará a cargo del Sistema Electrónico Establecido, única y exclusivamente dentro de un establecimiento para la atención médica que cumpla  con requisitos de infraestructura tecnológica y condiciones necesarias para su operación;  en caso contrario se expedirá en su versión impresa.

Los responsables, encargados y usuarios de este sistema dentro de las instalaciones médicas deben evitar su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado, garantizando el manejo cuidadoso en su tratamiento.

El Certificado Electrónico de Nacimiento contendrá información correspondiente a la vacunación y tamizaje del recién nacido, así como de las patologías congénitas.

El documento contará con una firma electrónica avanzada y un sello electrónico que permitirá identificar al establecimiento para la atención médica dentro del cual se expidió.

La firma electrónica avanzada y el sello electrónico de la Secretaría de Salud, darán certeza de la autenticidad del Certificado Electrónico de Nacimiento. Una vez que estos dos elementos son signados, el documento no puede ser modificado, ni alterado.

Los datos recabados a través del Certificado Electrónico de Nacimiento serán protegidos en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Los establecimientos médicos deben cumplir con requisitos mínimos de infraestructura tecnológica y condiciones necesarias para su operación, las cuales pueden consultarse  en la página de Internet: www.dgis.salud.gob.mx

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