Crece en México el número de amenazas y agresiones contra las mujeres periodistas

Crece en México el número de  amenazas y agresiones contra las mujeres periodistas

  • Autoridades y crimen organizado, los nuevos censores del periodismo
  • Las principales agresiones contra periodistas son amenazas, homicidios y desapariciones, así como atentados a las instalaciones de los medios de comunicación, advirtió Luis Raúl González Pérez

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Tras mencionar que las principales agresiones contra periodistas son amenazas, homicidios y desapariciones, y los atentados a instalaciones de medios informativos, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, puntualizó que las autoridades en primer término, los poderes fácticos, particularmente los relacionados con el crimen organizado, se han convertido en los nuevos censores de los medios.

Esta censura se registra  ante las investigaciones que se han realizado sobre delincuencia organizada y narcotráfico, sin que las autoridades obligadas a vigilar el respeto de los derechos cumplan con su deber, dijo el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos al participar en el Cuarto Ciclo de Conferencias “Los Derechos Humanos Hoy”, organizado por el Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM, con la ponencia “Estándares Internacionales sobre Libertad de Expresión en el Contexto Mexicano”.

González Pérez dijo que ante el incumplimiento de autoridades federales y estatales, para prevenir, investigar, sancionar y reparar todo acto que afecte la libertad de expresión en México, ante el creciente número de agresiones contra periodistas y medios de comunicación, resulta especialmente grave la impunidad que genera.

 Afirmó que esa circunstancia “propicia la repetición crónica de agresiones, convirtiéndose en un medio indirecto de afectar la libertad de expresión por el efecto inhibitorio que acarrea”.

“Los ataques físicos a periodistas o instalaciones de medios de comunicación –destacó— producen un efecto amedrentador sobre los periodistas, obligándolos a autocensurarse”.

 González Pérez señaló que diversos instrumentos jurídicos internacionales establecen la obligación de los Estados de prevenir, investigar, sancionar y reparar todo acto que afecte la libertad de expresión, sin importar si proviene de autoridades o particulares, para no incurrir en responsabilidad, incluso internacional, por acción u omisión.

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  “De acuerdo con acreditadas organizaciones nacionales e internacionales –explicó— México se ha convertido en uno de los países más peligrosos para el ejercicio del periodismo. Esta circunstancia ha derivado en autocensura, desplazamiento y exilio forzado de periodistas, provocándoles graves afectaciones en lo profesional y lo personal, y además ha generado espacios de silencio en el país y vulnerado los principios fundamentales de una sociedad abierta, plural y democrática”.

 Ante el público reunido en el auditorio de la Antigua Escuela de Medicina, expresó su preocupación de que ahora sean las mujeres periodistas el blanco de amenazas y agresiones de manera creciente, y precisó que las agresiones afectan a las y los periodistas y son, también, una ofensa a la sociedad al atentar contra el derecho de la comunidad a estar informada, impidiéndole tomar las decisiones más adecuadas.

El Ombudsman nacional destacó los avances en la protección al ejercicio de la libertad de expresión en los niveles nacional e internacional, y llamó a autoridades y sociedad a no ignorar las muchas amenazas e intentos por acotar su ejercicio. Subrayó que en favor del cumplimiento del derecho humano a la libertad de expresión y el periodismo queda mucho por hacer.

 González Pérez inició su ponencia al comentar la importancia de la libertad de expresión como un derecho que concierne a las personas en lo individual y a la sociedad en su conjunto, para el que se debe buscar la protección más amplia.

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Luego de hacer referencia al artículo 1° constitucional, párrafos segundo y tercero, detalló que entre los instrumentos internacionales suscritos por México que protegen la libertad de expresión están el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles (artículo 19) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13).

Abordó como características fundamentales de la libertad de expresión sus funciones, la doble dimensión de la libertad de expresión, los medios a través de los cuales se ejerce la libertad de expresión, el contenido de la libertad de expresión y los discursos especialmente protegidos.

 También disertó sobre las restricciones de la libertad de expresión, de las que dijo deben estar previstas de manera precisa y taxativa en una ley, deben perseguir el logro de ciertas finalidades imperiosas, ser necesarias en una sociedad democrática para el logro de dichas finalidades y no constituir censura en ninguna de sus formas.

Respecto de los Estándares Interamericanos en materia de libertad de expresión González Pérez hizo referencia a la prohibición de la censura previa, donde presentó algunos ejemplos; la prohibición de restricciones indirectas, responsabilidad y sanciones ulteriores, la incompatibilidad de las sanciones penales con la libertad de expresión, donde también presentó ejemplos de acuerdo con la Corte Interamericana; consideraciones sobre sanciones civiles y violencia contra comunicadores.

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